POBRE IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE VÍCTIMAS



A pesar de que la ley 1448 de 2011 más conocida como ley de víctimas y restitución de tierras contempla un modelo de reparación muy elogiado por algunos países, se queda corto en su proceso de implementación, pues hacer que el presente corrija el daño sufrido por más de 50 años de conflicto armado con un resultado de más de  8 millones de víctimas, requiere de un proceso de sensibilización y una apuesta política seria y contundente para que nuestros gobernantes decidan apostarle en gestión e inversión  de  recursos y voluntad política a este tema que ha partido la historia de Colombia en dos: la guerra y el proceso de paz.

El punto cinco del acuerdo de paz pone a las víctimas en un nivel importante para el presente y futuro, en el presente para ser sujetos de reparación como expresión simbólica de los vejámenes y atrocidades que sufrieron a causa de un conflicto perpetrado por los diferentes actores armados en el país, donde la más afectada resultó ser la sociedad civil y, para el futuro, como memoria sin olvido para garantizar la no repetición.

A partir del surgimiento de la ley de víctimas y restitución de tierras se crean unas medidas para la atención integral a la población víctima como son: las medidas de asistencia y atención, prevención y protección, reparación integral, verdad y justicia. Tomaremos en el análisis algunos temas que han sido un punto de quiebre frente al balance positivo en la implementación de la política pública de victimas en el departamento de Santander:

Según la Unidad de atención a las víctimas, la atención integral es una responsabilidad del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas – SNARIV – el cual está constituido por el conjunto de entidades públicas del nivel gubernamental y estatal en los órdenes nacional y territoriales y demás organizaciones públicas o privadas, encargadas de formular o ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones específicas, que tiendan a la atención y reparación integral de las víctimas. Tienen como propósito garantizar la participación en la formulación e implementación de la política integral de atención, asistencia y reparación de que trata esta ley; adoptar las medidas de atención que faciliten el acceso y cualifiquen el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas; adoptar las medidas de asistencia que contribuyan a restablecer los derechos de las víctimas brindando condiciones para llevar una vida digna; adoptar los planes y programas que garanticen el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas; integrar los esfuerzos públicos y privados para la adecuada atención integral y garantía de los derechos humanos y de la aplicación del Derecho Internacional Humanitario que les asiste a las víctimas; garantizar la coordinación interinstitucional, la articulación de su oferta y programas, al igual que la programación de recursos, asignación, focalización y ejecución de manera integral y articulada, la provisión de bienes y servicios públicos prestados de acuerdo con las soluciones brindadas; apoyar los esfuerzos de las Organizaciones de la Sociedad Civil que acompañan y hacen seguimiento al proceso de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas; garantizar la adecuada coordinación entre la nación y las entidades territoriales y entre estas, para el ejercicio de sus competencias y funciones al interior del Sistema, de acuerdo con los principios constitucionales y legales de corresponsabilidad, coordinación, concurrencia, subsidiariedad, complementariedad y de delegación.[1]

Siendo esta medida una de las más significativas para la población víctima, los avances son muy pobres. En Colombia las victimas hoy reclaman sus derechos pero no existe una respuesta positiva, ven un panorama poco esperanzador debido a la lentitud con la que se está implementando la política pública. Según la Comisión de Seguimiento y Monitoreo, es escaso el avance notándose especialmente en las víctimas que tienen el derecho a una indemnización administrativa. De acuerdo con cifras oficiales que maneja la Unidad de Víctimas, el Estado ha invertido más de $3,1 billones para indemnizar a 503.716 víctimas. Sin embargo, según cifras de la Comisión, todavía hace falta que el 93% de los afectados reciban este recurso. Los observadores[2] de la ley dijeron, además que todavía es incipiente la aplicación de criterios para darles prioridad a adultos mayores, a quienes sufren discapacidad por cuenta del conflicto o enfermedades catastróficas.

Según el registro nacional de información en Santander la cifra de víctimas es de 273.410 de las cuales solo han sido indemnizadas 35.321 en los 7 años de vigencia de la ley, lo cual no sobrepasa el 13% de la población víctima en el departamento, situación que es preocupante pues a 3 años de terminación del periodo de vigencia de la ley, se cree que muy difícilmente se logre cumplir la meta del 100% lo cual requiere que se realice una ampliación en la vigencia de la ley.

Por otro lado la desarticulación de las entidades que conforman el sistema nacional para la atención y reparación integral  a las víctimas -SNARIV, hacen que la política pública no se concrete en procesos que generen los impactos esperados, en la implementación de la ley, cada ente desarrolla sus apuestas de forma aislada y basada en los escasos recursos que le asignan, lo cual no permite avanzar de manera significativa, tal como lo manifiesta Orlando Burgos Coordinador de la Mesa Departamental de Victimas de Santander: ”El tema  es que la reparación no es integral, se habla de reparación porque se accede a una indemnización pero el sistema no funciona, no hay un solo caso de reparación integral en Santander, la ley está desfinanciada y el Congreso ha sido negligente en poner los recursos necesarios al tema, no hay una ruta clara de la reparación integral, la Unidad es parte del sistema pero no tiene toda la responsabilidad la cual también recae sobre el territorio pero ahí no hay claridad y el problema de la coordinación nación - territorio, la poca voluntad de los gobiernos y la equivocación del Congreso cuando hizo ley la 1448 pensándose sobre las estadísticas sobre 3 millones de víctimas en el año 2011”.

REFLEXIONES SOBRE LA REALIDAD DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY

·         Las víctimas no tienen certeza sobre cómo va ser la reparación en el marco del acuerdo de paz firmado con las Farc
·         No es solo en el tema de indemnización la mirada va más allá, la justicia y las garantías de no repetición son fundamentales en este proceso de reparación.
·         Debe haber un compromiso institucional para que las víctimas vuelvan a ser ciudadanos con derechos y en eso se ha comprometido el gobierno y la unidad de víctimas para ver cómo se adjudican las viviendas, cómo se regula la cobertura del sistema de salud, acompañamiento sicosocial y se generan proyectos productivos que permitan a las victimas su supervivencia.
·         Se requiere dar el manejo adecuado al tema de seguridad no invisibilizar lo que pasa con los líderes sociales y los excombatientes asesinados, se debe reconocer el problema y buscar la forma de resolver la situación.
·         Se debe garantizar la participación de las víctimas y las organizaciones acompañantes ODV, en la reforma a la ley.
·         La atención a las victimas debe estar orientada por profesionales expertos, sensibles y responsables.
·         Se debe dar mayor importancia al tema de memoria construida desde las víctimas para que se conozca la verdad sobre lo ocurrido en cada territorio porque hasta ahora es muy poco lo que se hace y es a lo que menos recursos se le apuesta.



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